Comentario
En un excelente fallo de la Sala D de la Cámara Comercial de la Capital Federal de casi 50 páginas, con voto del Dr. Pablo Heredia, se rechazó la apelación de la actora, incluso mediando dictamen contrario del Ministerio Fiscal. El fallo analiza la viabilidad del pedido de nulidad de un contrato de préstamo sindicado otorgado por distintos bancos al Sr. Perea, por la suma de más de US$13 MM, habiéndose constituido un fideicomiso de garantía sobre un inmueble. En este fallo, rico en doctrina nacional y extranjera, se debate la naturaleza real o consensual del préstamo sindicado bancario, así como la posibilidad de declarar nulo el fideicomiso de garantía, ante el pedido de nulidad del préstamo garantizado. Asimismo, se plantean acción reivindicatoria del inmueble y de daños y perjuicios, contra el fiduciario y los beneficiarios. El actor funda la nulidad del mutuo en atención a que, según sostuvo, el desembolso nunca existió. Finalmente y con criterio acertado, la Cámara rechazó la apelación de la actora, que ya había sido rechazada en primera instancia, alegando su existencia mediante la prueba del desembolso por distintos medios: en el caso de algunos bancos, por reconocimientos de la actora, y en otros, por presunciones. Con respecto al fideicomiso en garantía, se confirmó su validez sin perjuicio del principal, en atención a la efectivización de la transmisión de la propiedad fiduciaria, y a que la misma fue consentida en su momento por la actora. Un fallo para tener en cuenta, probablemente será objeto de comentario por algún autor.