Comentario:
En este muy interesante fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo laboral de Corrientes de fecha 31 de julio de 2017, se condenó por despido indirecto e indemnización laboral de un trabajador, a una persona humana que gerenciaba un emprendimiento administrado bajo un fideicomiso de administración. En lo sustancial, el fallo consideró que un contrato de fideicomiso no prevalece por sobre las normas imperativas laborales, al igual que tampoco prevalece la interposición de personas o cualquier otra maniobra que busque desligar de las obligaciones laborales al presunto empleador. En este caso, el condenado era quien daba instrucciones y abonaba el sueldo al trabajador, por lo que el juez desconoció la figura del fideicomiso. Vale destacar que el fideicomiso de administración no llevaba el libro especial del art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, lo que da cuenta de la informalidad de la relación laboral.