Comentario:
En este fallo de Cámara de la Ciudad de Rosario de fecha 3 de octubre de 2018, el fiduciante de un fideicomiso inmobiliario reclama al fiduciario daños y perjuicios relacionados con la adjudicación de una unidad funcional en un departamento, en tanto la misma no coincidió con lo prometido. La Cámara hizo lugar al reclamo por diversas razones, entre ellas porque cuando el fiduciante adhirió al contrato, no se habían aprobado aún los planos que determinaban las unidades, no coincidiendo el plano con los folletos publicitarios entregados al fiduciante. En tal sentido, sostuvo la Cámara que el fiduciario prometió una cosa y luego entregó otra distinta, y que si bien las partes se vincularon mediante un contrato de fideicomiso, la verdadera figura que subyace es una compraventa inmobiliaria, aplicando por ende la Ley de Defensa del Consumidor, en cuyo marco se basó el fallo para dar razón al fiduciante.